La Amazonía peruana se destaca por una serie de exoneraciones tributarias diseñadas para promover el desarrollo económico y social de la región, establecidas en la Ley de Promoción de la Amazonía (Ley N° 27037). Estas medidas tienen como objetivo principal atraer inversiones y mejorar la calidad de vida de los habitantes locales.
¿En qué consisten las exoneraciones tributarias en la zona selva?
La Ley de la Amazonía establece diversos beneficios, entre los cuales se encuentran la reducción de la tasa anual del impuesto a la renta para ciertas actividades, la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) y el reintegro tributario. Es importante destacar que este último beneficio solo se aplica a las zonas consideradas como selva baja, excluyendo el departamento de Loreto (Huánuco no está comprendido).
Exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV)
Una de las medidas más significativas es la exoneración del IGV, que exime a las empresas del pago de este impuesto por la venta de bienes y servicios realizados dentro de la zona de selva.
Según lo dispuesto en el numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley de la Amazonía, los contribuyentes ubicados en esta región están exentos del IGV para operaciones como:
- La venta de bienes destinados al consumo local.
- La prestación de servicios dentro de la región.
- La venta de inmuebles por parte de los constructores en la zona.
¿Quiénes se benefician de estas exoneraciones según la Ley de Amazonía?
Esta legislación favorece a empresas dedicadas a actividades de extracción, transformación, comercialización y prestación de servicios en la región amazónica. Sin embargo, es importante destacar que estas exoneraciones solo aplican a aquellas empresas que adquieran bienes y servicios sin IGV dentro de la zona considerada como Amazonía.




